Ha sido Cotilleo.es el primer medio en hacerse eco de la recogida de firmas que Change.org está haciendo para evitar que Diego Matamoros, condenado por violencia de género, participe en el nuevo concurso que Telecinco prepara para el primer trimestre de 2019. Un programa de convivencia en el que, según las informaciones publicadas, participaría junto a su reciente mujer, Estela Grande, con la que contrajo matrimonio este verano tras una relación altamente turbulenta.
Tras la difusión de la información, Estela ha querido ponerse en contacto con la redacción de Cotilleo.es a través de las redes sociales donde, con tono amenazante e insultando gravemente, ha asegurado que Diego nunca fue condenado por malos tratos y que Tanit Grande, la mujer que le denunció, se inventó los hechos. Una acusación que podría tener consecuencias fatales para la influencer, puesto que Diego sí tiene condena firme por malos tratos, tal y como se recoge en la sentencia nº164/2017 con fecha de 17 de abril de 2017 y dictada por el magistrado Borja Vargues Valencia del Juzgado nº34 de Madrid.
Los hechos probados ratifican que: «Sobre las 21 Horas del día 11 de marzo de 2017, Diego Hugo Matamoros Flores se dirigió a Tanit, cuando esta se encontraba con su actual pareja, sacando las maletas del taxi en el que acababa de llegar al domicilio de ella, sito en la localidad de Pozuelo de Alarcón, momento en el que acusado, guiado por el ánimo de menoscabar la integridad física de la misma, le dio un golpe en la cara. Como consecuencia del golpe -acreditado con parte de lesiones- la víctima sufrió lesiones consistentes en edema y eritema en dorso nasal, hematoma rojo-violáceo en cara interna del labio superior, escoriaciones superficiales en cara, dolor a la palpación en región temporo-mandibular derecha, que han requerido para su sanidad de primera asistencia, con prescripción de frío local y mediación antinflamatoria, tardando en sanar cinco días no impeditivos».
Condena por malos tratos firme y vigente
El fallo judicial recoge que: «Condeno al acusado Diego Hugo Matamoros Flores como responsable criminialmente en concepto de autor, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, de un delito de maltrato en el ámbito familiar, previsto y penado en el artículo 153.1 del Código Penal, a la pena de: 31 días de trabajo en beneficio de la comunidad, privación del derecho de tenencia y porte de armas por un año y un día, prohibición de aproximarse a la persona de Tanit Grande, a su domicilio, a su lugar de trabajo, y cualquier otro frecuentado por ésta, debiendo guardarse una distancia no inferior a 200 metros, durante el plazo de ocho meses, prohibición de comunicar con Tanit Grande por cualquier medio».