Poco se sabe sobre la Ley de la Segunda Oportunidad, pero cada vez la oímos más en lo que se refiere a deudas y los desalojos. Es esta ley la que da una segunda oportunidad para liquidar una deuda de una manera más sencilla y simple, reduciendo así la carga que impone al deudor. En este artículo discutiremos cómo funciona, Ley Segunda Oportunidad requisitos que deben cumplirse para poder beneficiarse y sus principales beneficios.
¿Qué es la ley de la segunda oportunidad y para qué sirve?
La Ley de la Segunda Oportunidad ofrece a los particulares y trabajadores por cuenta propia la posibilidad de afrontar o incluso recuperarse de una mala situación económica sin descuidar los derechos de cobro de los acreedores.
Cabe recordar que, con anterioridad a su aparición, las personas físicas no tenían la posibilidad de acudir al concurso de acreedores en tales situaciones. Sin embargo, con la aplicación de esta nueva ley, es posible poder realizar todos los trámites necesarios para liquidar nuestro historial.
Requisitos para beneficiarse de Ley de Segunda Oportunidad
La Ley de la Segunda Oportunidad es un mecanismo legal que permite a las personas físicas y a los autónomos renegociar sus deudas o deshacerse de algunas de ellas. Como comentábamos anteriormente, este programa está diseñado para que, aquellas personas físicas con o sin actividad profesional, puedan salir del concurso de acreedores y puedan emprender de nuevo un nuevo proyecto sin tener que cargar con deudas pendientes. Sus disposiciones están contenidas en el Real Decreto 1/2015, de 27 de febrero.
El objetivo final que proporciona es ayudar a superar ciertas dificultades económicas que no se pueden abarcar debido a una inversión inadecuada. No obstante, hay que tener en cuenta Ley de Segunda Oportunidad requisitos.
Las partes interesadas deben actuar con integridad y ser transparentes
No es posible beneficiarse de este recurso dos veces en los últimos diez años si se ha negado una oportunidad laboral adecuada en los últimos cuatro años. Tampoco se pueden falsificar u ocultar documentos que deben ser considerados durante todo el proceso.
No existen delitos económicos y/o sociales.
Estos delitos se rigen por la Sección 234 del Código Penal e incluyen:
- Delitos socioeconómicos y patrimoniales: hurto, extorsión, usurpación, estafa, insolvencias punibles y modificaciones de precios en concursos y subastas públicas. También contarán los delitos relacionados con los mercados, los consumidores, la propiedad intelectual e industrial, y la corrupción o delitos societarios.
- Delitos contra los derechos de los trabajadores: conducta grave que menoscabe, suprima o restrinja los derechos laborales o de seguridad social. En este apartado se incluyen los incumplimientos en materia de extranjería y tráfico ilegal de mano de obra, así como los casos más graves de discriminación, engaño o abuso, y los delitos relacionados con la prevención de riesgos laborales.
- Falsificación de documentos: falsificación de documentos públicos y privados, certificados, tarjetas de crédito y débito, así como cheques de viaje.
Cabe señalar que se tendrán en cuenta los antecedentes penales de los últimos diez años.
Haber liquidado ciertos créditos
- Créditos de privilegio.
- Crédito contra las masas.
- Al menos 25% de los créditos generales.
Este requisito puede ignorarse si se prueba que el deudor intentó pagar pero no pudo hacerlo. Debe tenerse en cuenta que el crédito público y de alimentos no están cubiertos por los beneficios de la Ley de Segunda Oportunidad. Es decir, mientras puedas salir de alguna deuda, tendrás que seguir pagando la deuda que te impone el orden público y alimentarias.
No ser objeto de un concurso condenado
Las declaraciones de culpabilidad agravan el impacto del concurso y se realizan cuando:
- Una parte en quiebra causó o registró su quiebra por negligencia intencional o grave.
- Cuando un archivo relacionado con el concurso contiene errores.
- En caso de embargo de bienes u obstrucción de embargos.
- Incumplimiento de obligaciones contables.
- La obligación de cooperar con un juez o sindicatura cuando se incumple una obligación requerida o en el caso de ciertas irregularidades contables menores.
La deuda no puede superar los cinco millones de euros
Si la deuda supera los 5 millones de euros, las partes no podrán acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad.
Reclama Por Mí: la mejor opción para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad
Como comentábamos antes, Ley de la Segunda Oportunidad requisitos que tenemos que cumplir para poder acogernos a ella son diferentes. En este caso, empresas punteras, como es el caso de Reclama Por Mí, nos permiten confiar nuestros procesos a estos profesionales que nos ayudan a gestionar todo lo relacionado con los trámites y etapas por las que se deben pasar.
Además, la cantidad de trabajo que tienen actualmente les permite ofrecer servicios con un buen equilibrio entre calidad y precio. Desde 99 euros al mes, cualquier persona en esta situación puede empezar a tramitar este tipo de procedimiento.
Encargar este trabajo a una oficina dedicada es una de las mejores inversiones que podemos hacer en todas estas situaciones. No debemos olvidar que la gestión adecuada de estos trámites nos permite comenzar una nueva vida con seguridad y garantías.