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jueves, 21 noviembre 2024

La decisión del juez que deja a Julio Iglesias sin escapatoria

Últimamente, las apariciones públicas de Julio Iglesias están contadas con cuentagotas. El pasado 10 de febrero se esperaba la llegada del cantante a la ceremonia de los premios Grammy 2019. Sin embargo, no hubo ni rastro de él. De un tiempo a esta parte, el nombre de Julio Iglesias se escucha más por asuntos relacionados con temas legales que con musicales. Os contamos las últimas novedades a continuación.

Una lucha por la verdad

María Edite

> María Edite Santos siempre ha asegurado que Julio Iglesias es el padre biológico de su hijo, Javier Sánchez Santos. Hace años, ambos comenzaron un batalla judicial para conseguir que el cantante reconociera legalmente al valenciano como su hijo. Sin embargo, a día de hoy eso no se ha producido aún.

A pesar de todos los obstáculos que está poniendo Julio Iglesias, Javier Sánchez Santos no se rinde. El valenciano continúa luchando por conseguir el reconocimiento del artista como su padre biológico. A pesar de todos los intentos fallidos de las citaciones al cantante, Javier confía en que tarde o temprano se conozca toda la verdad.

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Aplazado el juicio de paternidad

Javier Sánchez Santos

> A finales del pasado mes de diciembre, el Juzgado de Primera Instancia número 13 de Valencia aceptó la demanda de paternidad contra Julio Iglesias. Sin embargo, pocos días después conocíamos que la vista, prevista para el próximo 4 de marzo, había sido aplazada. En ella se iba a intentar resolver si el cantante era el padre biológico de Javier Sánchez Santos.

Fue entonces cuando el juez solicitó que el ex marido de María Edite se sometiese a unas pruebas de ADN. Así se descartaría que éste fuera el padre biológico de Javier. Una vez el juez fijase una nueva fecha para la vista, si Julio Iglesias no acudía, tendrían que ser los hijos del cantante quienes se realizaran la prueba.

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La nueva decisión del juez

Javier Sánchez Santos

> El Juzgado de Primera Instancia número 13 de Valencia ha rechazado que los hijos de Julio Iglesias se sometan a una prueba de ADN. Éste debía compararse con el de Javier Santos. Así consta en una providencia del pasado 12 de febrero a la que ha tenido acceso Europa Press. En ella, el juzgado desestima también volver a reclamar que Julio Iglesias se someta a una prueba biológica.

La realización de la prueba de ADN al cantante ya fue acordada en una providencia del pasado 17 de octubre. Posteriormente fue ratificada en un auto del 21 de diciembre. No obstante, el artista se ha escaqueado de acudir a sus citas con la justicia. Respecto a la realización de las pruebas de ADN a los hijos de Julio Iglesias, en la resolución se indica que «no ha lugar» por «no ser estos parte en el presente procedimiento y, en tal medida, no recaer sobre los mismos carga alguna de someterse a esta clase de prueba».

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Julio Iglesias, cada vez más cerca de ser reconocido como padre

Julio Iglesias Premio

> Tras conocer la última decisión del juez, el abogado de Javier, Fernando Osuna, ha asegurado en un comunicado que «el no del cantante a la comparación de su ADN con el de Javier Santos es muy significativo y desfavorable para Julio Iglesias y ya es suficiente», dado que «esta negativa lo puede convertir en padre de Javier Santos«.

Asimismo, Osuna ha recordado que «hay una prueba de ADN que confirma que Javier Santos y Julio José Iglesias son hermanos». «El Juzgado le ha dado validez a esta prueba pese a que ahora no permite que Julio José Iglesias venga a hacerse la comparación de ADN con Javier Santos«, ha lamentado el abogado.

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Continúa la lucha en los juzgados

Javier Sánchez Santos

> No contentos con la última decisión del juez, el abogado de Javier ha anunciado que va a recurrir esta negativa del Juzgado de Primera Instancia número 13 de Valencia a que se lleve a cabo la prueba de ADN entre «presuntos hermanos» para «asegurar mejor el resultado del juicio y ganarlo». Asimismo, Fernando Osuna ha criticado que «el presunto padre muestra una clara y evidente actitud obstruccionista, al oponerse injustificadamente a la práctica de la prueba del ADN, colocando al presunto hijo en una situación de auténtica indefensión».

«Es ilógico exigir a una parte una prueba (el hecho biológico que subyace a la paternidad) imponiéndole al presunto hijo la consecuencia negativa de la acción por falta de prueba, cuando por la naturaleza del asunto (dado que las relaciones sexuales suelen ser un hecho alejado de miradas ajenas) es necesaria una prueba biológica para cuya práctica requerimos de la colaboración del demandado», ha defendido el letrado.