El pasado viernes, Belén Esteban anunció en su programa de cabecera , Sálvame Deluxe, haber ganado una medida cautelar consistente en el embargo preventivo de la casa de Toño Sanchís.
¿En qué consiste una medida cautelar?
Una medida cautelar es una medida de carácter preventivo y provisional. Se pide normalmente al mismo tiempo en que se presenta la demanda principal, que en esta caso no es otra que una demanda ordinaria de reclamación de cantidad.
Para asegurar que durante la tramitación del procedimiento no se produzcan “fugas” del dinero que se reclama en el procedimiento principal y ante la demora en el tiempo que este tipo de procesos provoca, la medida cautelar tiene como objetivo asegurar bienes del demandado, para que éste una vez que termine el proceso conserve bienes con los que responder para el caso de ser condenado.
¿Por qué le han embargado la casa?
El embargo preventivo como antes he dicho es provisional. Se practica una anotación de embargo preventivo en el Registro de la Propiedad correspondiente a fin de que Toño no pueda disponer de su vivienda y venderla, hipotecarla o gravarla durante la tramitación del procedimiento.
En nuestra ley existe un prelación de bienes y un orden de embargo. Cuando no existe dinero en cuentas bancarias, nóminas o el importe de los bienes no es suficiente se pide el embargo de bienes que puedan cubrir la cantidad que se reclama.
¿Cuándo conceden las medidas cautelares?
Las medidas cautelares se otorgan siempre y cuando se cumplan tres requisitos que exige nuestra Ley de enjuiciamiento Civil:
- Apariencia de buen derecho: Es decir que se hayan aportado al proceso pruebas que indiciariamente acrediten que la cantidad que se reclama tiene apoyo en una realidad documentada
- Mora procesal: que exista el peligro de que durante la pendencia del proceso el posible deudor pueda deshacerse de su bienes y acabar insolvente. (Piénsese que estos procesos pueden durar muchos años hasta que se agotan todos los recursos)
- Ofrecimiento de caución: Belen Esteban ha tenido que ofrecer un depósito económico para el caso de que, caso de perder el procedimiento principal, pudiese causar a Toño un perjuicio. Por ejemplo; Si Belén perdiese la demanda y Toño pudiese probar que no haya podido vender su vivienda al estar embargada.